sábado, 18 de febrero de 2012

invitación docentes

Asamblea Ciudadana Ambiental – Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos

“Paren de Fumigar las Escuelas”

Estimados compañeros/ras docentes de Escuelas Rurales del Depto Uruguay:

Tal como Uds. habrán podido apreciar, por desarrollar sus tareas en el ámbito rural de nuestro departamento, la superficie sembrada con semillas transgénicas (soja, sorgo, maíz, trigo, etc.) se ha incrementado notablemente los últimos años.

Tomando como ejemplo solamente la soja vemos que durante 2010/11 en nuestra provincia la superficie
sembrada fue de 1.300.000 has., de las cuales 128.000 has. corresponden al Depto. Uruguay. Muchas de nuestras escuelas se encuentran linderas a estas plantaciones, que necesariamente deben ser rociadas con miles de litros de agrotóxicos para poder desarrollarse, por lo cual la afectación sobre edificios y personas a veces es inevitable.

Algunas de las consecuencias en la salud de las personas producidas por agrotóxicos son:
MALFORMACIONES CONGÉNITAS, ABORTOS ESPONTÁNEOS, CÁNCER, enfermedades severas como PÚRPURA, HEPATOPATÍAS TÓXICAS y TRASTORNOS NEUROLÓGICOS, entre otras. Y son los niños con los cuales Uds. trabajan cotidianamente, los más vulnerables y propensos a las enfermedades.



Desde la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos, conjuntamente con la Asamblea Ciudadana Ambiental de Concepción del Uruguay, estamos trabajando en una campaña que hemos llamado “Paren de Fumigar las Escuelas” y que tiene como objetivos generales:
Evitar que se fumiguen las escuelas. Hacer cumplir las leyes (de junta de gobierno, municipal, provincial,
nacional) sobre fumigaciones con plaguicidas en zona rural y periurbano.
Empoderar a los actores locales para ejercer sus derechos. Brindar herramientas legales al personal docente, para que puedan actuar en tiempo y forma apoyándose en un protocolo de actuación.
Confeccionar un registro de situación Comunicar a toda la comunidad educativa los hechos observados y registrados.
Gestionar ante las autoridades políticas soluciones inmediatas y definitivas.
Para cumplir con los objetivos planteados nuestras líneas de acción serán:
• Comunicación de la campaña en todas las escuelas rurales
• Educación, concientización sobre las consecuencias de las fumigaciones y la legislación vigente.
• Relevamiento de cada escuela para producir un Registro de Situación de cada establecimiento escolar
• Confección y entrega de un Protocolo de Actuación para realizar en caso de producirse fumigación sobre
o en cercanías de la escuela.
Convencidos que esta campaña es a favor de la vida y la buena salud, estamos seguros que recibiremos vuestra colaboración para:
Aportar datos al Registro de Situación
Difusión
Proceder de acuerdo a lo establecido en el protocolo de actuación.

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Versión/arreglo del tema "Cuando muere el Angelito" De Eugenio Carlos Inchausti y Marcelo Ferreyra.

CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN


Artículo 41.- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.


CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA


Artículo 11.- Todos los habitantes de la Provincia gozan del derecho de enseñar y aprender conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio.


Artículo 22.- Todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras. Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común.


Artículo 83.- El Estado fija la política ambiental y garantiza la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad. El poder de policía en la materia será de competencia concurrente entre la Provincia, municipios y comunas. Asegura la preservación, recuperación, mejoramiento de los ecosistemas y sus corredores biológicos y la conservación de la diversidad biológica.


ARTÍCULO 86. - La Provincia promueve la unidad económica productiva mediante leyes que contemplen el arraigo del productor entrerriano, el crecimiento y desarrollo progresivo de las actividades productivas locales y el estímulo de la tenencia de la tierra por sus residentes.


La legislación desalentará la especulación y la existencia de latifundios y el uso de la tierra en grandes superficies continuas o discontinuas, mediante regímenes tributarios, alícuotas progresivas u otras políticas activas.


Resguardará el orden público en relación con la adquisición de inmuebles rurales por personas físicas o jurídicas extranjeras no residentes en el territorio nacional.


Más del 70% de las Escuelas Rurales de la Provincia son fumigadas periódicamente con agrotóxicos de comprobado daño para la salud y el ambiente, en muchos casos con estudiantes y docentes en clase.


Campaña “Paren de Fumigar las Escuelas”

AGMER Seccional Uruguay

Asamblea Ciudadana Ambiental de Concepción del Uruguay

http://www.escuelasfumigadas.blogspot.com

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